jueves, 30 de octubre de 2014

Las Sentencias en Contra de Luz y Fuerza


Las Sentencias de Luz y Fuerza

Mediante el Oficio 636/2014, el Procurador Fiscal de Samaná, Licdo. Robert Justo, autoriza al Coronel Fermín Acevedo Ruiz de Las Terrenas al uso de la fuerza pública para dar posesión de la empresa al Sr. Jacques Michel Dartout, inversionista extranjero quien desde sus inicios fue uno de los accionistas principales de Luz y Fuerza. 

Después de años de espera y después de un rompimiento de las negociaciones entre Dartout y el Ing. Orsini Bosch, presidente de Luz y Fuerza, la fuerza pública fue el recurso final para hacer justicia.  Esta toma de posesión fue un acto legal, autorizado y normal bajo las circunstancias, muy diferente a lo argumentado por personas interesadas cercanas al Ing. Orsini Bosch. 

TRES SENTENCIAS protegían este acto:  la sentencia de referimiento 175/2002 del 12/06/2002 dictada por el juzgado de primera instancia de Samaná; la sentencia civil No. 165/02 de fecha 30 de julio del 2002 de la Cámara Civil Comercial de la Corte de Apelación en San Francisco de Macorís; y la Resolución 221/2012 de fecha 24 de enero del 2012 emitida por la Suprema Corte de Justicia. 


Estas TRES SENTENCIAS emiten toda la legalidad posible y necesaria para las acciones que culminaron con la remoción del Ing. Orsini Bosch de las oficinas legales de la empresa.  No fueron antojadizas, violentas, ilegales y caprichosas, sino que fueron el resultado de un largo proceso que empezó con una simple solicitud de un accionista de la empresa para que se realizara una auditoría por no estar recibiendo los dividendos que le correspondía como accionista.  

Al ser rechazado constantemente el accionista recurrió a las cortes dominicanas ganando en cada instancia.  Después de obtener el resultado final de la Suprema Corte de Justicia en el 2012 el Ing. Orsini Bosch quiso negociar pero terminó rompiendo las negociaciones, por lo que el Sr. Dartout no tuvo otro remedio que solicitar el uso de la fuerza pública para ejecutar la sentencia después de 12 años de paciente espera.  La ejecución de la fuerza pública fue sostenida totalmente por la Procuraduría General de la República Dominicana.

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