lunes, 17 de noviembre de 2014

Aclarando e Informaciones del Administrador Judicial Provisional

Tres preguntas y tres respuestas.

Como ya es conocido de tod@s, Personal de la Policía Nacional y Civiles armados y sin acompañamiento de Alguacil ni Juez de Paz, ocuparon las oficinas de Caño Seco, bajo condiciones inexplicables y legalmente cuestionadas.  Lo hace en medio de una auditoría que se hace a la gestión del Ing. José Oscar Orsini Bosch como Presidente y gerente de la empresa Luz y Fuerza.  Muchos usuarios tendrán preguntas y preocupaciones importantes.  Como Administrador Judicial Provisional hago el siguiente aclarando y respondo a algunas de las preguntas más importantes.

ACLARANDO


Como Administrador Judicial Provisional no he abandonado de ninguna manera la búsqueda de la justicia no solamente como socio de la empresa sino como ciudadano residente en mi querida comunidad de Las Terrenas.  Mi gestión como Administrador Judicial ha sido interrumpida por la anterior administración y hasta la fecha no hemos recibido ningún tipo de documentación, ni proceso verbal que nos explique la toma de posesión de la Oficina de Luz y Fuerza, (Caño Seco) ni la forma en que penetraron a dicha oficina. Voy a continuar con todos los procesos legales pertinentes en estricto apego a la ley y es por eso que confío que los tribunales finalmente permitirán la feliz conclusión del proceso iniciado el 3 de octubre pasado.  Creo que es posible ofrecer un servicio eléctrico justo, a un precio justo con un servicio al cliente igualmente justo.  La empresa necesita una nueva cultura de servicio y esa continúa siendo mi meta.  NO ES CIERTO que he vendido mis acciones y no tengo intenciones de hacerlo, pero si existen  varios grupos de accionistas dispuestos a invertir para la solución eléctrica de la Provincia de Samaná.

Pregunta: Señor Administrador Judicial Provisional, seguimos sus indicaciones y pagamos en la oficina de Caño Seco.  Recibimos factura de Orsini con sobrecargos, mora y el doble del pago.  Ahora ya a usted lo sacaron de la oficina.  ¿Qué hacemos?

Respuesta:  Lamento profundamente los incidentes frustrantes que todos pasamos.  Fui nombrado como  Administrador Judicial Provisional por sentencia de tres cortes.  Yo tampoco me explico cómo es posible que haya ocurrido lo que ocurrió.  Lo que usted pagó es legal y fue debidamente registrado en su cuenta.  Si el Ing. José Oscar Orsini Bosch  le corta la luz por “falta de pago”, lleve su recibo directamente a PROTECOM y someta una denuncia.  Usted no tiene que pagar doble y usted no tiene que pagar recargos, ni mora ni la reconexión.  PROTECOM esta ubicado en la Plaza Italia, frente a Super Pola en la Calle Duarte, Las Terrenas.

Pregunta:  Y ahora, ¿qué pasa con la auditoría?

Respuesta: Estamos tomando las acciones jurídicas pertinentes para corregir la irregular situación de la sociedad Luz y Fuerza de Las Terrenas. Y confiamos en que esta auditoria pueda concluir como lo ordena la ley y podamos conocer los resultados por parte de profesionales.

Pregunta:  ¿Y qué pasará con el Administrador Judicial Provisional?

Respuesta: Estamos ejerciendo las acciones judiciales que me permitan asumir mis funciones como Administrador Judicial Provisional y estamos a la espera de los fallos de los tribunales que en esta misma semana conocerán los procesos que se encuentran en curso, confiamos en que la justicia hará su trabajo. Además estamos dando los pasos correspondientes para poner en conocimiento a los organismos internacionales que asegurar los derechos que tienen las inversiones extranjeras en el país.

Gracias a la comunidad de Las Terrenas, me siento muy agradecido por el apoyo recibido en mi función de Administrador Judicial Provisional y sigo trabajando por una mejor solución para todos.

Att.

Jacques Dartout

Administrador Judicial Provisional

viernes, 7 de noviembre de 2014

Teléfonos de Contacto, Luz y Fuerza Legal (Caño Seco)

Teléfonos de contacto Luz y Fuerza
Caño Seco

Wascar, 809 713 6120 SERVICIO AL CLIENTE
Felicia, 809 713 5761 SERVICIO AL CLIENTE
Heriberto 809 713 6336  APOYO TECNICO
Francisco 849 881 1358  APOYO TECNICO

Estamos para servirle.  Llámenos por nombre y con gusto le atenderemos.


jueves, 6 de noviembre de 2014

Pagos Garantizados para Nuestros Clientes

Tranquilidad

PAGOS GARANTIZADOS EN LUZ Y FUERZA
Oficinas Legales en Caño Seco


Por medio de la presente reafirmamos que las oficinas legales de Luz y Fuerza en Caño Seco (antiguo Colegio Alianza) continúan abiertas bajo la Administración Judicial Provisional resultado de una sentencia del poder judicial. 

En dicha localidad usted puede:
1) pagar en efectivo y recibir un 5% de descuento hasta el sábado 8 de noviembre;
2) hacer sus acuerdos de pago si se encuentra en atraso o desconectado.
3) pagar con cheque pero sin el 5% de descuento.

Las desinformaciones producidas por la oficina ilegal en la calle El Carmen, al lado del Supermercado Ignacio, han causado conflictos e inquietudes en nuestros usuarios.  Para evitar mayores inconvenientes el Administrador Judicial Provisional dispone que los pagos hechos en dicha oficina por concepto de la factura de septiembre SERAN ACEPTADOS 100% siempre y cuando el recibo de pago emitido en ese local sea SELLADO Y VALIDADO en la oficina legal en Caño Seco antes del 15 de noviembre.

Las personas que ante las circunstancias actuales eligieron no pagar su factura de septiembre deben cuanto antes efectuar sus pagos en las oficinas legales en Caño Seco.  La oficina ilegal en la calle El Carmen les corta la luz para forzarlos a pagar allá ya que la oficina del Administrador Judicial Provisional no está cortando la luz.

Si usted ha pagado en Caño Seco y la oficina ilegal le corta la luz nosotros reiteramos que le vamos a reconectar su contador.  Llame a servicio al cliente al (809) 750-1423 o al técnico (809) 370-9419.  Además usted puede solicitar una verificación de pago de parte nuestra y, si lo desea, utilizar la verificación para proceder con una queja legal y posible sometimiento civil en contra de la oficina ilegal a través de PROTECOM en la Plaza Italia.

Para eliminar permanentemente este estado de irregularidad y a partir de la facturación del mes de octubre, LOS PAGOS HECHOS EN LAS OFICINAS LEGALES en el barrio Caño Seco serán los únicos reconocidos por la empresa para clientes en Las Terrenas.  La estafeta de pago ilegal en la Calle El Carmen no está autorizada por la administración judicial provisional de Luz y Fuerza.

Lamentamos los inconvenientes que la situación actual causa a nuestros clientes, situaciones que no hubieran ocurrido si el Ing. Orsini Bosch hubiera aceptado los términos de las sentencias del poder judicial.

Advertimos y avisamos a todas las personas físicas y morales que tengan vinculación económica con la sociedad Luz y Fuerza no dejarse sorprender en su buena fe por las desinformaciones emitidas por el Ing. Orsini Bosch y su oficina ilegal.

Jacques Michel Dartout
Administrador Judicial Provisional


miércoles, 5 de noviembre de 2014

Nota de Prensa del Sr. Dartout Sobre Desinformaciones Recientes

NOTA DE PRENSA DEL ADMINISTRADOR JUDICIAL DE LA ENTIDAD LUZ Y FUERZA DE LAS TERRRENAS

Por medio de la presente y a raíz de la litis que se vienen suscitando entre el SR. JACQUES MICHEL  DARTOUT Y EL SR. JOSE OSCAR ORSINI BOSCH, ambos accionistas de la entidad LUZ Y FUERZA DE LAS TERRENAS, S. A. Hacemos de Público conocimiento que no es CIERTO  que el SR. JACQUES MICHEL DARTOUT permanezca en calidad de intruso dentro de las instalaciones de la entidad de referencia, ya que muy por el contrario a las falsas  desinformaciones propagadas, el SR. JACQUEZ MICHEL DARTOUT, ha sido designado como ADMNISTRADOR JUDICIAL de la entidad Luz y Fuerza de las Terrenas, S. A., mediante la Ordenanza Judicial Marcada con el No. 175/2002 de fecha Doce (12) del mes de Junio del 2002, dictada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAMANA, resultando que el mandato Judicial contenido en la indicada decisión, fue SUSPENDIDO de manera Provisional mediante un ACUERDO DE ACCIONISTA suscrito en fecha Tres (3) del mes de Septiembre del 2002. 

La suscripción del referido acuerdo no fue más que una estrategia malsana  por parte del SR. JOSE OSCAR ORSINI BOSCH, con el deliberado propósito de impedir el cumplimiento de la decisión Judicial que designó a JACQUES MICHEL DARTOUT como Administrador Judicial,  el cual nunca ha recibido un solo centavo por sus beneficios dentro de dicha entidad, Pero peor aún, el referido Acuerdo de Accionista fue ilegalmente RESCINDIDO de manera unilateral, sin causa, ni intervención Judicial, por parte del SR. JOSE OSCAR ORSINI BOSCH, resultando que este comportamiento abusivo, colmado de temeridad e ilegalidad trajo como consecuencia que el Primero de Octubre del 2014, el SR. JACQUES MICHEL DARTOUT, obtuviera  de parte del organismo Judicial competente para ello, formal ACTA DE JURAMENTACION como ADMINISTRADOR JUDICIAL de la entidad LUZ Y FUERZA DE LAS TERRENAS y acto seguido en fecha Ocho (8) del mes de Octubre del 2014, procedió a ejercer las acciones propias de su mandato como ADMINISTRADOR JUDICIAL, y como consecuencia de todo esto, en fecha 13 del mes de Octubre se han iniciado los trabajos Propios para realizar la Auditoria que fuera además ordenada mediante la decisión que nombra al SR. JACQUES MICHEL DARTOUT, como administrador Judicial.

Advertimos que esta decisión no ha sido REVOCADA por ningún tribunal de la Republica Dominicana, por lo que las funciones del ADMINISTRADOR JUDICIAL  del SR. JACQUES MICHEL DARTOUT, se mantienen con todo su vigor, resultando que LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, ha dispuesto de manera contradictoria e insólita que el SR. JACQUES MICHEL DARTOUT, abandone las instalaciones que viene legalmente ocupando y de igual manera le impide el uso del nombre y el logo de la empresa, estas decisiones judiciales (que constituyen una aberración judicial, tergiversan la verdad y contienen una grave y manifiesta  contradicción con la decisión No. 175/2002, que lo nombró como tal , y cuyo nombramiento fuera confirmado y mantenido con su plena ejecución,  mediante el contenido de la decisión No. 165-02 , expediente No. 449-02-00079, de fecha 30 del mes de Julio del 2002, rendida por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Francisco de Macorís y reiterada por la SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, mediante su resolución NO. 221-2012 de fecha 24 de enero del 2012), razón por lo cual han sido recurridas por ante la Corte de Apelación del Distrito Nacional, Mediante los actos Nos. 1036 y 1034 de fecha Primero del mes de Noviembre del 2014 y de igual manera la Presidencia de la Corte de  Apelación del Distrito Nacional, se encuentra en la actualidad  apoderada del conocimiento  de dos demandas en SUSPENSION DE EJECUCION contra las referidas e irregulares decisiones judiciales, de fecha primero de noviembre del 2014 de los del Ministerial Alejandro Antonio Rodríguez, habiendo dicho tribunal conocido audiencia el día Tres (3) del mes de Noviembre del 2014, quedando fijado el conocimiento del fondo de dichas demandas para el día 17 del mes de Noviembre del presente año. En esta Virtud y producto de las acciones judiciales en curso.

El Mandato Judicial del SR. JACQUES MICHEL DARTOUT, mantiene todo su efecto jurídico, por lo que el mismo continua como ADMINISTRADOR JUDICIAL de la entidad LUZ Y FUERZA DE LAS TERRENAS, siendo por demás totalmente falso que el mismo venga utilizando facturas con RNC  alterado, ya que en virtud al mandato judicial encomendado no tiene necesidad para ello, en virtud a que  la entidad LUZ Y FUERZA DE LAS TERRENAS tiene su RNC propio, el cual no ha sido Modificado. 

Hacemos constar que de conformidad con el texto del artículo Tercero de la decisión ya referida, quien no debe hacer cobros  de facturas lo es el SR. JOSE OSCAR ORSINI BOSCH, al efecto, dicho texto establece lo siguiente: TERCERO: Se ordena al Ingeniero JOSE OSCAR ORSINI  BOSCH entregar al administrador judicial provisional , todos los libros, papeles, balances y  cuentes corrientes o a plazo fijo, las facturas  por pagar y  a las por cobrar,  las llaves de las oficinas y escritorios, y de manera general, desapoderarse de todos y cada uno de  los efectos  bienes, papeles, pertenencias,  que sean propiedad de o tengan  relación con la  compañía  Luz y Fuerza  de Las Terrenas C. POR A. así  como suministrar a dicho Administrador  Judicial todas  las informaciones que pertenecieren tuvieren relación  a cualquier título que sea, o de cualquier manera pudiesen  ser necesarias o  útiles para  la  mencionada compañía .

En tal virtud no se dejen confundir ya que  el mandato encomendado al SR. JACQUES MICHEL DARTOUT, no ha sido revocado por lo que el mismo continua en sus gestiones propias de ADMINITRADOR JUDICIAL de la entidad LUZ Y FUERZA DE LAS TERRERAS.

Se le advierte y se les avisa a todas las personas físicas y morales que tengan vinculación económica con la sociedad Luz y Fuerza no dejarse sorprender en su buena fe.

JACQUES MICHEL DARTOUT
ADMINISTRADOR JUDICIAL.

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viernes, 31 de octubre de 2014

Luz y Fuerza: Conozca la Realidad



Luz y Fuerza:  Conozca la Realidad

Estimados clientes, hemos llegado al fin de mes y la factura de septiembre vence el viernes 31.  Queremos evitarles confusiones y contrariedades ante el intenso ataque desinformativo que muchos de ustedes han estado recibiendo y ante las medidas desesperadas que la oficina ilegal de la Calle El Carmen ha tomado.
La administración judicial provisional del Sr. Jacques Michel Dartout se origina en tres sentencias: la No. 175-2002 del juzgado de primera instancia de Samaná; la sentencia civil 165-02 de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación en San Francisco de Macorís; y la Resolución 221-2012 en Casación de la Suprema Corte de Justicia, la que se constituye en una sentencia firme que no se puede alterar en ninguna de sus partes, teniendo la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada.  La sentencia fue finalmente ejecutada según oficio 636-2014 del 21 de agosto de la Procuraduría Fiscal de Samaná, quien puso en posesión al Sr. Dartout el 3 de octubre del presente año.  Para su propio beneficio pueden encontrar las sentencias en http://luzyfuerzajudicial.blogspot.com.

La administración judicial provisional del Sr. Dartout es la única que tiene total acceso a los contratos de los clientes de Luz y Fuerza, a todos los servidores de la empresa, a la planta física y las facturas y pagos que emita son de porte legal.  

Es también la única que ocupa las oficinas legales de Luz y Fuerza.  Actualmente NINGUNA PERSONA O ENTIDAD tiene acceso a las cuentas bancarias de la empresa hasta que se completen los recursos legales correspondientes.  Las nuevas facturas serán iguales en monto al mes anterior y la nueva administración se compromete con proveer el servicio necesario para su confiabilidad.  Si una brigada del administrador anterior  le desconecta la luz llame a Luz y Fuerza al (809) 370 9419 y para servicio al cliente llame al (809) 750-1423.  Estamos muy cerca de restablecer el servicio telefónico porque en desacato a la sentencia se llevaron los códigos.
La sentencia indica que el nuevo administrador debía tomar posesión de todos los libros, papeles, cuentas corrientes, llaves, oficinas, escritorios, bienes, pertenencias, personal y colaboradores “que sean propiedad de o tengan relación con la compañía de Luz y Fuerza de Las Terrenas.”  Sin autorización de las cortes, la oficina clandestina en la Calle El Carmen se llevó los vehículos y los empleados, al igual que claves y sistemas indispensables para la ejecución de la sentencia del poder judicial.  Si los clientes han experimentado dificultades y confusiones con los pagos y con el servicio es resultado directo del desacato a la sentencia mantenido por la administración anterior.
El administrador judicial provisional NO pidió a ningún empleado que abandonara su trabajo, ni hizo que ningún vehículo de la empresa fuera retirado del lugar.  De acuerdo al Código Laboral, los empleados que
abandonaron sus trabajos se consideran ante la ley renunciantes a sus funciones y podrían perder parte de los derechos adquiridos.  El Art. 88 del Código de establece que un empleador puede dar por terminado el contrato de empleo si  el empleado se ausenta  por dos días sin razones, o por inasistencia injustificada.  Reiteramos el llamado al personal técnico que si desea regresar debe contactarnos cuanto antes. 
El retiro de los vehículos de servicio coloca en peligro las actividades del administrador nombrado por sentencia y los clientes podrían ser afectados por cortes y desconexiones no autorizadas por el administrador judicial provisional.  La administración legal reconectará a todo cliente que sea desconectado por la administración anterior.
La auditoría mandada por sentencia está siendo ejecutada por los auditores identificados en dicha sentencia, los que concluirán su trabajo en unas semanas.  En estricto apego a la ley, la administración judicial sólo puede reconocer los resultados de la auditoría ejecutada según los términos impuestos por el poder judicial. 
Lamentablemente, la administración anterior de la Cia. Luz y Fuerza ha tenido una pésima relación con los usuarios por la manera abusiva, excesiva y prepotente en que se ha conducido.  La comunidad ha hecho paros, huelgas y bajones de breakers en su contra, incluyendo una Marcha al Palacio realizada en septiembre del 2012.  Más de 27 visitas han sido hechas a la Superintendencia reclamando que el organismo regulador actúe en protección al consumidor ante los abusos de esa administración. 

La administración judicial provisional cree
que Las Terrenas merece un servicio eléctrico efectivo, 
ofrecido a sus clientes con dignidad, 
al menor costo posible y apegado a la ley. 

La auditoría demostrará todas las razones que han hecho que la empresa no funcione como debía, pero aún antes de tales resultados, la nueva administración se compromete a fomentar una nueva cultura empresarial, dirigida al trato respetuoso con sus clientes, a la búsqueda de la mayor reducción de costos posibles y a un servicio de calidad para que Las Terrenas siga progresando y progresando con respeto y con dignidad. 
Pedimos disculpas por los inconvenientes que este proceso pudiese causarle y a la vez le manifestamos nuestro ms sincero agradecimiento por el apoyo que hasta el momento nos han brindado y esperamos seguir contando con el mismo.

Jacques Michel Dartout
Administrador Judicial Provisional

jueves, 30 de octubre de 2014

¿Se Irá la Luz en Las Terrenas?

¿Se Irá la Luz de Las Terrenas?


Una pregunta candente en la población es, ¿se irá la luz de Las Terrenas?  

Para aclarar, Luz y Fuerza no genera luz, simplemente la distribuye.  La luz es suplida por “la planta”, la generadora de luz que queda en el sector La Planta, cerca del barrio del hospital.  Esa generadora es LA UNICA que suple energía a la distribuidora.  

De acuerdo a las leyes dominicanas, la generación de energía NO PUEDE estar en las mismas manos de las personas que la distribuyen.  ¿Sabe usted quién es el dueño de la Generadora Eléctrica de Samaná y quién es el Presidente de la distribuidora Cia. Luz y Fuerza de Las Terrenas, S.A.?  Como la generadora tiene un MONOPOLIO de oferta, le vende a la distribuidora a un precio extremadamente alto, casi al doble del mercado nacional.  

La distribuidora no gana casi nada (por eso los accionistas no reciben grandes dividendos), pero la Generadora se gana todo el dinero del mundo!  Como el Ing. Orsini Bosch decidió violenta e ilegalmente usurpar la autoridad del administrador judicial provisional, creó una oficina paralela y clandestina para cobrar la energía eléctrica de los consumidores, pero como no ha tenido el éxito que esperaba ya que la mayoría de los consumidores están pagando en las oficinas legales de Caño Seco, no va a tener suficiente dinero para pagar al suplidor, o sea, a la Generadora.  

Una pregunta curiosa, ¿quién va a pagarle a la generadora?  Si el Ing. Orsini Bosch argumenta que su oficinita en la Calle Carmen ES la empresa legal, ¿no debería ser él quien le pague a la generadora?  \

De paso, el nombre del Ing. Orsini Bosch NO APARECE como accionista o directivo de la generadora porque, claro está, las leyes no se lo permitirían.  Sin embargo, en la sentencia en primera instancia aparece claramente identificado que el conflicto se inició cuando el Ing. Orsini decide empezar la Generadora de Electricidad (ver artículo con la primera sentencia en Samaná).

Entre la generadora y la distribuidora hay un contrato que otorga condiciones preferenciales a la generadora.  La comunidad que por tantos años se ha quejado de un costo muy caro, de un servicio muy abusivo e indigno muy prontamente podría ver el fin del imperio del terror.

Las Auditorías de Luz y Fuerza

Las Auditorías de Luz y Fuerza

Imagínense TODAS LAS COSAS que esa auditoría podrá descubrir.



La toma de posesión del Sr. Jacques Michel Dartout como administrador judicial provisional y la remoción del Ing. Orsini Bosch de las propias oficinas legales de la empresa Luz y Fuerza en Caño Seco se centran en el simple y confirmado hecho de que el Ing. Orsini Bosch no deseaba que se le hiciera una auditoría que pudiera demostrar la manera en que se manejaban las finanzas de la empresa.  

Al ganar en las cortes dominicanas, esas mismas cortes identificaron a la empresa auditora que conduciría una auditoría LEGAL E INDEPENDIENTE, de acuerdo a las normas y estándares requeridos por el poder judicial.  

Es derecho de cualquier inversionista solicitar una auditoría si tiene pruebas de que pueda haber mal manejo en la empresa o si desconoce cómo se maneja la empresa, para proteger sus intereses como inversionista.  No importa el monto de las acciones que posea, las leyes dominicanas le dan el derecho de solicitar la auditoría.  Las cortes confirmaron este derecho y le dieron la razón al Sr. Dartout.  

Recientememte, una persona que se identifica como gerente general de Luz y Fuerza, la Srta. Alejandra Orsini, pero quien no lo es porque abandonó su trabajo y ahora está en una oficina clandestina, informó que la empresa había contratado a una reconocida compañía de consultores para realizar una auditoría.  Pero, si finalmente el Ing. Orsini Bosch decidió realizar la auditoría, ¿por qué no utilizar a los auditores requeridos por la sentencia de las cortes dominicanas?  

¿Quién va a creer los resultados de una auditoría contratada por el mismo Orsini Bosch, para entregarle resultados a él mismo?  

Todo lo que ha hecho el accionista Sr. Dartout ha sido ejecutar la sentencia y facilitar la ejecución de la auditoría pacientemente esperada por 14 años!!  Al hacerlo lo ha hecho en estricto apego a la ley y a las sentencias del poder judicial.  

¿Quién está siguiendo a la ley, el que ejecuta según sentencia o el que violentamente la rechaza?

Las Sentencias en Contra de Luz y Fuerza


Las Sentencias de Luz y Fuerza

Mediante el Oficio 636/2014, el Procurador Fiscal de Samaná, Licdo. Robert Justo, autoriza al Coronel Fermín Acevedo Ruiz de Las Terrenas al uso de la fuerza pública para dar posesión de la empresa al Sr. Jacques Michel Dartout, inversionista extranjero quien desde sus inicios fue uno de los accionistas principales de Luz y Fuerza. 

Después de años de espera y después de un rompimiento de las negociaciones entre Dartout y el Ing. Orsini Bosch, presidente de Luz y Fuerza, la fuerza pública fue el recurso final para hacer justicia.  Esta toma de posesión fue un acto legal, autorizado y normal bajo las circunstancias, muy diferente a lo argumentado por personas interesadas cercanas al Ing. Orsini Bosch. 

TRES SENTENCIAS protegían este acto:  la sentencia de referimiento 175/2002 del 12/06/2002 dictada por el juzgado de primera instancia de Samaná; la sentencia civil No. 165/02 de fecha 30 de julio del 2002 de la Cámara Civil Comercial de la Corte de Apelación en San Francisco de Macorís; y la Resolución 221/2012 de fecha 24 de enero del 2012 emitida por la Suprema Corte de Justicia. 


Estas TRES SENTENCIAS emiten toda la legalidad posible y necesaria para las acciones que culminaron con la remoción del Ing. Orsini Bosch de las oficinas legales de la empresa.  No fueron antojadizas, violentas, ilegales y caprichosas, sino que fueron el resultado de un largo proceso que empezó con una simple solicitud de un accionista de la empresa para que se realizara una auditoría por no estar recibiendo los dividendos que le correspondía como accionista.  

Al ser rechazado constantemente el accionista recurrió a las cortes dominicanas ganando en cada instancia.  Después de obtener el resultado final de la Suprema Corte de Justicia en el 2012 el Ing. Orsini Bosch quiso negociar pero terminó rompiendo las negociaciones, por lo que el Sr. Dartout no tuvo otro remedio que solicitar el uso de la fuerza pública para ejecutar la sentencia después de 12 años de paciente espera.  La ejecución de la fuerza pública fue sostenida totalmente por la Procuraduría General de la República Dominicana.

Los Empleados de Luz y Fuerza


Los Empleados de Luz y Fuerza


Una de las lamentables consecuencias de que el Ing. José Oscar Orsini Bosch no haya aceptado los resultados de la sentencia que nombra a un administrador judicial provisional para administrar la compañía y asegurar la realización de una auditoría es que casi todos los empleados han puesto en riesgo sus empleos.  

El administrador judicial provisional NUNCA despachó a los empleados, todos debieron seguir trabajando bajo un administrador nuevo impuesto por una sentencia.  Pero todos optaron no regresar después de la puesta en posesión del Sr. Jacques Dartout.

Legalmente todos abandonaron sus trabajos y ahora están en proceso de perder no sólo sus salarios sino también parte de sus prestaciones laborales.  Cuando los empleados no regresaron al trabajo en las oficinas legales de la empresa consistió en un abandono voluntario de trabajo.  Por su parte, la empresa invitó a los empleados a regresar por varios medios pero el retorno no se realizó.  Como la administración de Luz y Fuerza es quien paga a la mayoría de los empleados (algunos pueden son pagados por la Generadora Eléctrica de Samaná) es muy probable que una vez se normalicen todos los procedimientos administrativos afectados por la toma desautorizada de equipos, materiales, claves y sistemas de la empresa los empleados que abandonaron sus trabajos perderán sus salarios y muchos de sus beneficios ya que la oficina clandestina en la Calle El Carmen no tendrá los recursos para mantenerlos como tales.  

NUNCA fue la intención del administrador judicial provisional que perdieran sus trabajos y beneficios.

Si los empleados de la parte técnica de la empresa desearan regresar deben hacer una lista con nombres, números de cédula, posición en la empresa y su teléfono y entregarla a las oficinas legales en el barrio Caño Seco, antiguo Colegio Alianza.  Los mismos deben regresar los vehículos y equipos que pertenecen a la empresa como condición para ser considerados.  




La nueva administración depurará los técnicos de acuerdo a las experiencias y necesidades de la nueva administración.  

Como la empresa está realizando un cambio de cultura empresarial, de una manera de trabajo prepotente, descortés y agresiva bajo el Ing. Orsini Bosch hacia una cultura empresarial orientada al servicio y a la satisfacción del cliente, la “nueva” Luz y Fuerza espera que cada nuevo empleado centre su atención en proveer un servicio digno y cortés a los usuarios del sistema eléctrico servico por Luz y Fuerza.  El lema de la nueva administración es “nuestra luz es la gente.”

Para mayor entendimiento ver lo siguiente:

El Art. 88.  del Código de Trabajo establece que  El empleador puede dar por terminado el contrato de trabajo despidiendo al trabajador por cualquiera de las causas siguientes:1.      Por inasistencia del trabajador a sus labores durante dos días consecutivos o dos días en un mismo mes sin permiso del empleador o de quien lo represente, o sin notificar la causa justa que tuvo para ello en el plazo prescrito por el artículo 58.2.      Por ausencia, sin notificación de la causa justificada,del trabajador que tenga a su cargo alguna faena o máquina cuya inactividad o paralización implique necesariamente una perturbación para la empresa.3.      Por salir el trabajador durante las horas de trabajo sin permiso del empleador o de quien lo represente y sin haber manifestado a dicho empleador o a su representante, con anterioridad, la causa justificada que tuviere para abandonar el trabajo.




Anatomía de una Sentencia--Parte 3, la Suprema Corte Confirma la Sentencia


5.  La Suprema Corte

La Resolución 221/2012 de la Suprema Corte de Justicia declara la perención del recurso de casación interpuesto por el Ing. Orsini Bosch en contra de la sentencia que favorece a Jacques Dartout.  Esta resolución de la Suprema Corte es firme e irrevocable y NO HA SIDO CAMBIADO POR NINGUNA OTRA SENTENCIA.

Al vencerse el plazo bajo el recurso de casación el Ing. José Oscar Orsini Bosch tiene entonces que acatar la sentencia en su totalidad.

Cuando se agotan los recursos el fallo adopta LA AUTORIDAD DE LA COSA IRREVOCABLEMENTE JUZGADA.  Es firme e irrevocable, no se puede alterar, ni cambiar en manera alguna.

Pero en lugar de acatar la sentencia en su totalidad, el Ing. Orsini crea un caos institucional, abre una oficina paralela y comienza a cobrar a los usuarios de Luz y Fuerza.  Se lleva los vehículos, claves, empleados y accesos en FRANCA VIOLACION A LOS TERMINOS DE LA SENTENCIA.

Ver la resolución de la Suprema Corte de Justicia (fotos)




¿Qué tiene esto que ver con su condición de cliente?

Es muy fácil.  ¿A quién le va a pagar su factura eléctrica? 

Páguele a quien tiene la autoridad legal sostenida por sentencia del poder judicial.  De otra forma, ¿qué hace Jacques Dartout trabajando en las oficinas legales de Luz y Fuerza en Caño Seco?  

Obviamente está amparado por una ley y la auditoría ya empezó hace tres semanas.  

Cuando usted paga donde es legal usted está ayudando a que la Cia. Luz y Fuerza funcione en base a la legalidad.  Su recibo es legal, el sello es legal y su pago queda debidamente registrado.  

Las oficinas legales de Luz y Fuerza SON LAS UNICAS QUE TIENEN SU CONTRATO EN ARCHIVO Y PUEDEN ACCESARLO.

Si el Ing. Orsini Bosch lo desconecta la empresa Luz y Fuerza bajo la administración judicial provisional del Sr. Jacques Dartout promete reconectarlo inmediatamente.   Además, si el Ing. Orsini Bosch lo desconecta habiendo pagado en las oficinas legales en Caño Seco sería un acto ilegal y violento y usted puede demandarlo en la corte civil por daños y perjuicios, entre otras cosas.

PAGUE LEGAL
PAGUE BAJO LA PROTECCION DE LA LEY.
Pague en las oficinas legal de Luz y Fuerza en Caño Seco (Colegio Alianza)

Protéjase, reporte la violación y desconexión ilegal directamente a las oficinas legales y al PROTECOM en la Plaza Italia.


Anatomía de una Sentencia--Parte 2, la Apelación


Orsini PIERDE la apelación

3.  La Sentencia en Apelación

Después de la sentencia emitida por el tribunal de Samaná, el Ing. Orsini Bosch apela la sentencia y en la corte de apelación de San Francisco de Macorís se ratifica la sentencia del tribunal de Samaná, un més más tarde.  El fallo en apelación afirma la creación del administrador judicial provisional y el recurso de la auditoría.  Mira el fallo de la sentencia en la página 13.















4.  La Auditoría en la Sentencia 
Aparece en la página 2 del documento de Apelación, una reiteración de lo escrito en la sentencia original, ambas favoreciendo al administrador judicial provisional.  La sentencia establece que la contadora pública, Lic. Nuris Mercedes Matías Antoni es la escogida por la corte para realizar la auditoría.


La sentencia evacuada por el tribunal de Samaná nombra a la contadora pública Lic. Nurys Mercedes Matías Antonio a realizar la auditoría.  Esa es la contable escogida por sentencia, no una empresa consultora.  Además la sentencia indica que la persona encargada de permitir la ejecución de la auditoría es el Sr. Jacques Michel Dartout, no el Ing. José Oscar Orsini Bosch.  La Srta. Alejandra Orsini argumenta que Luz y Fuerza ya ha tenido su auditoría, pero ni fue ejecutada por la persona identificada por la sentencia, ni por la empresa indicada en la sentencia.  Ver página dos del fallo en apelación, el cual reitera el fallo del tribunal de Samaná.



Cuando la Srta. Alejandra Orsini hizo tales aseveraciones en la visita de la Comisión de Energía y de la Superintendencia actuó a sabiendas de que no era el mandato de una sentencia del poder judicial y, por lo tanto, está sujeta a las posibles consecuencias legales de tales acciones.  El uso prepotente de engaños, amenazas, mentiras y desinformaciones se ha convertido en la manera de trabajo del administrador anterior de Luz y Fuerza.  Qué pena!!

Anatomía de una Sentencia -- Parte Uno, Sentencia de Samaná y Uso Fuerza Pública


ANATOMIA DE UNA SENTENCIA

1.  La Sentencia Original

La posesión autorizada de la Cia. Luz y Fuerza de Las Terrenas, S.A., por parte del Sr. Jacques Michel Dartout no fue fruto de un capricho o del azar.  Fue el resultado de una sentencia del poder judicial emitida en el 2012.  Los que argumentan que dicha posesión, ejecutada con autorización de la fuerza pública por el procurador fiscal de fiscal quieren tapar el sol con un dedo. 

Mire el acto del Procurador Fiscal. 


2,  CONOZCA LA SENTENCIA y comprenda por qué, mire el fallo de la corte y entienda por qué el Ing. José Oscar Orsini Bosch está en franco desacato y ha violentado a la Constitución dominicana en la manera en que se resiste a una acción del poder judicial.  Si es capaz de hacer eso, ¿qué piensas está haciendo con una oficina clandestina? 

Mire la Sentencia Original. El Fallo está en las páginas 7 y 8.











lunes, 27 de octubre de 2014

La Gente Da Confianza a las Oficinas Legales

Respuesta masiva de la población al pago en las oficinas legales de Luz y Fuerza.
Desde esta mañana (octubre 27) decenas y decenas de personas se han apersonado a las oficinas legales de Luz y Fuerza en Caño Seco (antiguo Colegio Alianza) para pagar y tomar ventaja del 5% de descuento que ofrece la administración judicial provisional de la Compañía Luz y Fuerza de Las Terrenas, S.A. a todos los clientes con facturación hasta los 40,000 pesos. Además, los que tienen deudas con la empresa pueden hacer arreglos de pago con un 25% de pago y el remanente en 12 meses sin intereses.
La administración judicial provisional se ha comprometido a crear una nueva cultura orientada al servicio, SIN AMENAZAS, SIN MENTIRAS Y SIN ABUSOS al cliente del servicio eléctrico que ofrece la empresa.
Lleve su factura SIN IMPORTAR QUIEN LA EMITA a las oficinas en Caño Seco y haga sus pagos bajo la protección de una sentencia de la suprema corte de justicia del 2012 y finalmente ejecutada el 3 de octubre del presente año.

viernes, 24 de octubre de 2014

La NUEVA Luz y Fuerza


¿Dónde Pagar la Luz en Las Terrenas?


Preguntas y Respuestas Sobre Luz y Fuerza



Preguntas y Respuestas
“A buen entendedor, pocas palabras bastan”

¿Dónde pagar?
En las oficinas legales de Luz y Fuerza.

¿Dónde están las oficinas legales de Luz y Fuerza?
Donde siempre han estado, en Caño Seco, en el antiguo Colegio Alianza.  Si Orsini no está ahí, ¿por qué se fue a una oficinita?  Si hubiera sido una posesión ilegal, violenta e irracional, ¿no creen ustedes que Orsini hace tiempo que ya hubiera vuelto a sus oficinas, en el edificio que él construyó?

¿Quién envía mensajes amenazantes, intimidantes y desinformantes?
No es la administración judicial provisional en Caño Seco, si no la administración ilegal en la Calle El Carmen.

¿Por qué se salió Orsini de las oficinas legales en Caño Seco?
Porque no quería ni quiere que le hagan una auditoría.  No es cualquier auditoría, sino una auditoría autorizada por el  poder judicial, con una compañía de auditores escogida por el poder judicial?  Orsini le teme a sus resultados.

Luz y Fuerza hizo o está haciendo una auditoría con una empresa de consultores bien reconocida.  ¿Por qué no aceptar esa auditoría?
La auditoría realizada por encargo de Orsini no es independiente y sus resultados no van a hacerse públicos a menos que partes del mismo le interesen a los intereses del Ing. Orsini.  Si la corte YA HABIA IDENTIFICADO A LOS AUDITORES, ¿por qué buscar a otra compañía?  ¿Cuál ofrece mejores garantías de resultados reales, los auditores escogidos por la corte o los auditores escogidos por el Ing. Bosch?

¿Por qué tantas amenazas?
Los clientes de Luz y Fuerza no merecen el maltrato que reciben cada día por medio de mensajes amenazantes, intimidantes y desinformantes.  Si una empresa tiene que llegar a ese límite, ¿qué dice eso de la empresa.  Luz y Fuerza LEGAL, en Caño Seco no ha emitido un solo mensaje amenazante o de desinformación.  Nuestros clientes merecen dignidad y respeto.

Si es un lío entre socios, ¿por qué no dejarlos tranquilos hasta que resuelvan sus asuntos?
No pueden resolver sus asuntos si el presidente de la empresa decomisa los bienes de la empresa que la sentencia ordena al administrador judicial provisional, Sr. Jacques Michel Dartout, administrar hasta que se termine la auditoría.  Tampoco se trata de una empresa cualquiera, sino de una compañía dedicada a un servicio público indispensable para Las Terrenas.  Si acciones vandálicas, violentas, ilegales y en desacato al poder judicial no es preocupación del público en la empresa que suple de luz al municipio, ¿qué podría entonces preocuparnos? 

Una jueza cambió la sentencia y le dio la administración a Orsini otra vez.
Nada está más lejos de la realidad.  De manera incomprensible la jueza Minaya ordenó a Dartout entregar las cuentas de bancos a Orsini, lo cual se hizo y desde entonces Orsini había podido sacar dinero del banco.  Sin embargo, la jueza Minaya fue recusada y la sentencia apelada.  Desde entonces los bancos NO está disponibles ni para Orsini ni para Dartout.  La administración legal está en el proceso de retornar las cuentas a la compañía bajo la administración legal.  Por otro lado, la sentencia de la  jueza Minaya sobre las cuentas EN NADA afecta la sentencia original de entrega de la administración.  Por eso es que Orsini continúa en un ranchito y la administración judicial está en las oficinas legales de Luz y Fuerza.

La Superintendencia mandó acta advirtiendo tanto al presidente de la empresa, Ing. José Oscar Orsini Bosch, como a su administrador judicial provisional, Sr. Jacques Michel Dartout, de que si no resolvías sus diferencias y si el servicio eléctrico peligraba que podrían perder la concesión.  ¿Es cierto?
Totalmente cierto.  Al enviar ese documento la Superintendencia de Electricidad reconoce de facto la legalidad de la posición del administrador judicial provisional.  Si el Sr. Dartout fuera ilegal la Superintendencia no lo hubiera incluído en la advertencia.  Ese reconocimiento también ocurre en persona durante la visita de la Comisión Nacional de Energía y la Superintendencia el pasado jueves.  Si Dartout fuera ilegal no hubiera sido invitado como parte autorizada.

¿Por qué Orsini todavía tiene control de los vehículos? 
Porque de manera incomprensible el Coronel Acevedo de La P.N. de Las Terrenas no permitió al juez local acompañado de la acción judicial correspondiente y por sentencia de un juez de San Francisco de Macorís obtener los vehículos que son pertenencia de la Compañía Luz y Fuerza y deben ser administrados por la administración judicial provisional por sentencia del poder judicial.  El intento de recuperación fue una acción legal, de un juez autorizado, con un representante del ministerio público autorizado, con el apoyo requerido para tales acciones.  El Coronel Acevedo no actuó en consonancia con las acciones del poder judicial quebrantando las leyes dominicanas. 

¿Puede Orsini abrir una oficina clandestina y paralela en la Calle El Carmen?
Cosas de este país.  Lo hizo.  La administración judicial provisional ha empezado procesos judiciales para que la oficina cierre y la próxima cita en la corte es el 4 de noviembre.  Sin embargo, el Ing. Orsini sigue usando obstáculos y retrasos para impedir que el cierre de la oficina se ejecute mediante sentencia judicial ejecutable.

¿Pueden Alejandra Orsini y Ennio Marchetti enviar mensajes amenazantes constantes a los usuarios?
Es una gran descortesía, falta de ética y una gran violación a los más mínimos estándares del servicio al cliente, pero el Ing. Orsini y sus representantes han tenido por costumbre tratar a muchos de sus clientes de igual forma.  La administración judicial provisional actuará judicialmente para proteger a los clientes y penalizar a los ofensores.

¿Qué va a pasar con la empresa?
La auditoría continúa y tal como lo ordena la sentencia será completada y sus resultados presentados a sus socios, quienes entonces decidirán el futuro de la presidencia, administración y manejo de la empresa. 

Una Nueva Cultura, Una Cultura de Servicio

Mientras tanto, la administración judicial provisional aspira a cambiar la cultura de la empresa, empleando a nuevos técnicos, administradores y empleados con una vocación de verdadero servicio y orientados al mejor apoyo al consumidor.  Esta nueva cultura aspira a crear un ambiente progresista, positivo, innovador, de buena gerencia y, sobretodo, ofrecer el mejor servicio eléctrico posible para todos los usuarios en todas las comunidades que sirve la empresa.  El lema de esta nueva cultura es “nuestra luz es la gente.”